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Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas.​

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SES publica Norma de Carácter General sobre Rendición del Aporte Institucional para la Gratuidad

Un nuevo paso para regular y supervigilar a las casas de estudios dio la Superintendencia de Educación Superior (SES) luego de que la Norma de Carácter General sobre Rendición del Aporte Institucional para la Gratuidad fuera publicada en el Diario Oficial este lunes 30 de agosto.

Esta nueva norma regula la forma, medios y plazos conforme a los cuales las instituciones de educación superior deben rendir ante la Superintendencia de Educación Superior los dineros asociados a la gratuidad, acorde con las disposiciones del artículo 85 de la Ley N°21.091.

Cabe recordar que durante la redacción del documento, la SES realizó un período de información pública en que presentó el borrador del texto y también un formulario online para recibir comentarios de la ciudadanía, el cual estuvo disponible entre el 30 de abril al 14 de mayo de 2021. Durante ese periodo, se recibieron 23 observaciones. La mayoría de ellas, 19, provino de las mismas instituciones de educación superior adscritas a la Gratuidad, correspondiendo 14 de ellas a universidades, tres a institutos profesionales, y dos a centros de formación técnica. Además, presentaron comentarios tres agrupaciones de instituciones de educación superior, estas son, la Corporación de Universidades Privadas (CUP), el Consorcio de Universidades del Estado de Chile (CUECh), y la Red G9.

Revisa la Norma de Carácter General N°2 que regula la rendición del aporte institucional para la gratuidad y las respuestas a los comentarios ingresados en su consulta ciudadana en este enlace.

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RECLAMO​

El reclamo es la petición realizada a la Superintendencia para que ésta intervenga como mediador en la controversia existente entre el reclamante y alguna de las instituciones de educación superior fiscalizadas.

Finalidad del Reclamo:

Proponer una alternativa de solución al problema particular del reclamante en una eventual mediación que instruya la Superintendencia.

Para ingresar un Reclamo ¿qué debo considerar?​

Soy la persona interesada o la represento

Tengo un problema que no he podido solucionar con una Institución de Educación Superior.
Tengo antecedentes para acreditar el problema (correos electrónicos, audios, textos, documentos formales, etc.) con la institución de educación superior.

Proponer una alternativa de solución al problema particular del reclamante en una eventual mediación que instruya la Superintendencia.

Etapas del Reclamo

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DENUNCIA:

La denuncia es el acto por medio del cual se pone en conocimiento a la Superintendencia de una eventual irregularidad, con el objeto de que ésta investigue y adopte las medidas que correspondan

Finalidad de la Denuncia:

Aplicar por parte de la Superintendencia las sanciones que
correspondan de conformidad con la ley.

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