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SES refuerza llamado a erradicar la violencia de género en la educación superior

La Superintendencia de Educación Superior (SES) reafirma su compromiso con la promoción de ambientes académicos seguros, inclusivos y libres de violencia de género, discriminación y acoso sexual. En el marco de la Ley N°21.369, que regula, previene y sanciona estas conductas en la educación superior, la SES continúa fortaleciendo su rol de supervisión y fiscalización para asegurar el cumplimiento efectivo de esta normativa en todas las instituciones del sistema.

Rol de la SES: supervisión, orientación y evaluación permanente

Como organismo público encargado de velar por el cumplimiento de la ley y de las normativas internas de las instituciones de educación superior, la SES desempeña un rol activo en la verificación del adecuado funcionamiento de los mecanismos institucionales para la prevención y abordaje de la violencia de género.

En este marco,  la SES cumple una doble función: supervisar de manera preventiva que las instituciones desarrollen e implementen políticas adecuadas, entregando orientaciones y recomendaciones cuando corresponde; y fiscalizar en aquellos casos donde se identifican incumplimientos, activando los procedimientos establecidos por la ley para resguardar los derechos de las comunidades educativas, y el derecho de todas las personas a desenvolverse en entornos educativos seguros, inclusivos y libres de violencia.

A través de sus procesos de fiscalización, la Superintendencia evalúa que las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica cuenten con políticas de prevención y sanción claras, modelos institucionales completos, canales internos accesibles y eficaces

Denuncias y atención ciudadana

La SES dispone de su plataforma de atención ciudadana —disponible en www.sesuperior.cl— para recibir denuncias o reclamos de estudiantes, académicos y académicas, personal u otros integrantes de las comunidades educativas, especialmente en casos donde consideren que sus instituciones no han actuado con la debida diligencia y/o conforme a la ley, para prevenir o reaccionar ante hechos de acoso sexual, violencia o discriminación de género.

 

Avances recientes: actualización normativa y fortalecimiento institucional

En el marco del rol interpretativo que la ley le otorga, la SES dictó una nueva circular cuyas nuevas obligaciones entraron en vigencia durante 2024, actualizando las directrices de implementación de la Ley N° 21.369 (ver aquí). Para apoyar su aplicación, se realizaron oportunamente talleres dirigidos a los equipos de Género de las instituciones de educación superior que implementan las políticas requeridas por la ley, espacios de formación que fueron ampliamente valorados por sus participantes y que contribuyeron a fortalecer las capacidades institucionales en esta materia.

Así también, el pasado 12 de junio se convocó a una reunión informativa a las contrapartes jurídicas de las distintas instituciones de educación superior para profundizar en los alcances del último pronunciamiento emitido por esta Superintendencia que reconsidera el sentido del Art. 7° de la Ley N° 21.369 (ver aquí).

Un compromiso de todos y todas

Erradicar la violencia de género en la educación superior es una tarea urgente y una responsabilidad compartida. Por ello, la SES hace un llamado a todos los actores del sistema de educación superior -autoridades institucionales, equipos académicos, estudiantes, funcionarios, funcionarias y personal de colaboración- a redoblar sus esfuerzos para prevenir, abordar y eliminar estas conductas en todos los espacios formativos.

Invitamos a cada miembro de las comunidades educativas a conocer las Políticas Integrales, los modelos de prevención y los canales de denuncia disponibles en sus respectivas instituciones, y a ejercer sus derechos con confianza y respaldo. La educación superior debe ser un espacio de desarrollo, bienestar y respeto para todas las personas.

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RECLAMO​

El reclamo es la petición realizada a la Superintendencia para que ésta intervenga como mediador en la controversia existente entre el reclamante y alguna de las instituciones de educación superior fiscalizadas. 

Finalidad del Reclamo:

Proponer una alternativa de solución al problema particular del reclamante en una eventual mediación que instruya la Superintendencia.

Para ingresar un Reclamo ¿qué debo considerar?​

Soy la persona interesada o la represento

Tengo un problema que no he podido solucionar con una Institución de Educación Superior.
Tengo antecedentes para acreditar el problema (correos electrónicos, audios, textos, documentos formales, etc.) con la institución de educación superior.

Proponer una alternativa de solución al problema particular del reclamante en una eventual mediación que instruya la Superintendencia.

Etapas del Reclamo

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DENUNCIA:

La denuncia es el acto por medio del cual se pone en conocimiento a la Superintendencia de una eventual irregularidad, con el objeto de que ésta investigue y adopte las medidas que correspondan

Finalidad de la Denuncia:

Aplicar por parte de la Superintendencia las sanciones que
correspondan de conformidad con la ley.

Es importante considerar que la denuncia NO persigue una
solución al problema particular del denunciante

Para ingresar una Denuncia ¿qué debo considerar?

Soy la persona interesada o la represento.

Quiero o NO quiero revelar mi identidad (Si la opción es NO se comunicará con usted un funcionario de la SES para levantar o ratificar dicha reserva).

Puedo describir los hechos concretos constitutivos de infracción, el lugar y fecha en que ocurrieron.

De ser posible, identificaré al presunto infractor (docente, estudiantes, autoridad administrativa, etc.).

Etapas de la denuncia

¿Qué tipo de Denuncias son competencia de la SES?

En virtud de las categorías de denuncias: 

Obtención de antecedentes académicos: certificados (notas, alumno regular, ranking, reconocimiento de horas, título, grado y egreso), planes y programas, concentración de notas

Problemas en la comunidad institucional derivados de incumplimientos de la reglamentación interna de las instituciones 

Cobros por retiro o suspensión académica, cobro errado.

Beneficios y/o ayudas estudiantiles (becas y créditos) 


    Publicidad engañosa 
   Infraestructura o equipamiento, laboratorios, soporte informático 

    Postulación y admisión prueba de selección 

    Política integral contra el acoso sexual, violencia y discriminación de género 

¿Qué tipo de Denuncias no son competencia de la SES?

  Incumplimientos en materia de Educación escolar 

  Postulación y renovación de becas asignadas por el Ministerio de Educación

 Instituciones de educación superior no reconocidas por el Estado

 Requerimientos en instituciones cerradas 

 Materias laborales

  Matrícula asociada a documentación migratoria